Salta, Miércoles 10 de Diciembre de 2025

Fecha: 2024-10-29 22:05:22


Poder Judicial


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Tartagal: Quince años de prisión por abuso sexual

 

A prisión con condena unificada por abuso sexual gravemente ultrajante

 

Robaba a bordo de motocicletas: él fue condenado a prisión y las motos fueron decomisadas

 

Plan Piloto de Oralidad: Mujer con condena efectiva por amenazar y lesionar a su familia

 

Condenado por robar material de construcción de un terreno

 

Condenado por un robo en Capiazuti

 

El taller de escritura cerró su cuarto ciclo con un repertorio de cartas

 

Caso Pirona: Los tres condenados recuperaron su libertad luego de ser absueltos por la duda

 

Desarrollo:

 

Tartagal: Quince años de prisión por abuso sexual

 

La jueza de la Sala II del Tribunal de Juicio de Tartagal Sandra Mabel Sánchez, condenó a la pena de quince años de prisión de ejecución efectiva a un hombre de 46 años responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por grave daño a la salud mental de la víctima y por la convivencia y minoría de edad de la misma.

En el fallo, además de disponer la identificación y extracción de muestras genéticas para ser inscripto en los registros de condenados por delitos contra la integridad sexual, la jueza no hizo lugar al pedido de detención domiciliaria debiendo el imputado ser trasladado hacia la cárcel de Tartagal.

El acusado vivía con su pareja y la hija de la mujer y desde los 13 hasta los 15 años abusó de la menor.

Durante la audiencia se estableció que la victima resultó embarazada en dos oportunidades. En una de ellas, perdió el bebé a raíz de los golpes que recibía.

 

A prisión con condena unificada por abuso sexual gravemente ultrajante

 

Un hombre de 25 años fue condenado a la pena de cuatro años de prisión de ejecución efectiva por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante.

El hecho por el cual fue condenado ocurrió el 29 de marzo de 2024. La condena se dictó en el marco de un juicio abreviado llevado a cabo en una audiencia flexible y multipropósito del Plan Piloto de Oralidad.

Durante el procedimiento, el acusado, asistido por su defensa, reconoció su autoría sobre los hechos denunciados.

En la sentencia, el juez Marcelo Rubio también dispuso la revocación de la condicionalidad de una pena anterior de tres años de prisión en suspenso que le había sido impuesta al sujeto el 20 de octubre de 2023. Esta condena anterior se unificó con la actual, resultando en la pena única de cuatro años y seis meses de prisión efectiva.  Como parte de la sentencia, se estableció que el condenado deberá entregar a la víctima la suma de 800 mil pesos en concepto de reparación del daño.

Además, se ordenó la realización de un examen psicofísico, la toma de muestra fotográfica y la realización del examen genético al condenado para su posterior inscripción en el Banco de Datos Genéticos.

 

Robaba a bordo de motocicletas: él fue condenado a prisión y las motos fueron decomisadas

 

El 11 de junio de 2021, un hombre intentó robar una máquina de cortar fiambre, la cual fue recuperada por su dueña. Posteriormente, el 25 de mayo de 2023, el mismo sujeto le robó el teléfono celular a una menor en la calle. El acusado cometía los ilícitos a bordo de una motocicleta. En juicio abreviado, el juez Ángel Amadeo Longarte lo condenó a dos meses de prisión efectiva por la tentativa de robo simple y por robo simple.

El sujeto tenía una condena previa de prisión en suspenso por el delito de robo simple. El juez revocó la condicionalidad de esa pena y unificó ambas condenas en el monto de  un año y dos meses de prisión efectiva.

El condenado deberá permanecer privado de su libertad en la Unidad Carcelaria 1. Asimismo, se ordenó el decomiso de dos motocicletas que fueron utilizadas en la comisión de los delitos, las cuales serán destinadas a la institución policial para ser utilizadas en las Comisarías Quinta, Segunda o Destacamento San Ignacio.

Se informó al denunciante del robo del teléfono celular acerca de la posibilidad de expresar su opinión en caso de que el condenado acceda a algún beneficio carcelario.

La sentencia quedó firme puesto que en el juicio abreviado la defensa renunció a los plazos para recurrir. El procedimiento se llevó a cabo en el marco del Plan Piloto de Oralidad. 

 

Plan Piloto de Oralidad: Mujer con condena efectiva por amenazar y lesionar a su familia

 

Por amenazar y lesionar a miembros de su familia, una mujer de 32 años fue condenada a la pena de seis meses de prisión de ejecución efectiva.

La sentencia se enmarca en un acuerdo de juicio abreviado al que llegaron las partes durante una audiencia flexible y multipropósito del Plan Piloto de Oralidad. La imputada reconoció su autoría en los hechos y aceptó la calificación jurídica.

Debido a que la imputada tenía una condena previa de ejecución condicional, la jueza María Gabriela González revocó la modalidad y unificó ambas penas en el monto de doce meses de prisión de ejecución efectiva. También ordenó el traslado de la condenada a la Unidad Carcelaria 4.

Además, se dispuso la realización de un examen psicofísico, la toma de muestra fotográfica y la realización del examen genético para su inscripción en el Banco de Datos correspondiente.

Finalmente, la jueza recomendó al director del penal que se le brinde tratamiento a la condenada por su problema de adicción a las drogas.

 

Condenado por robar material de construcción de un terreno

 

El 19 de septiembre del año pasado, un sujeto a bordo de un camión ingresó a una propiedad en barrio Los Robles. En el lugar había materiales para la construcción, los cargó y se los llevó. El imputado robó bolsas de cemento, una chapa de zinc y perfiles de metal. Todos los elementos fueron restituidos al damnificado ya que el camión fue interceptado en las inmediaciones.

En un procedimiento abreviado llevado a cabo en la Sala I del Tribunal de Juicio, el juez Leonardo Feans le dictó al autor del hecho (28) la pena única de ocho meses de prisión condicional. La condena fue unificada con otra anterior dictada por un juzgado de Garantías.

El conductor del camión entró a la propiedad acompañado por otros dos sujetos. Ambos fueron sobreseídos por retiro de la acusación pues el principal imputado reconoció durante el juicio abreviado que cometió el robo sin conocimiento de los otros acusados.

 

Condenado por un robo en Capiazuti

 

La jueza Asusena Margarita Vásquez de la Sala II del Tribunal de Juicio de Tartagal, condenó a un hombre de 25 años a la pena de diez meses de prisión de ejecución efectiva por resultar autor del delito de robo y de lesiones leves agravadas por el vínculo y el género.

En el fallo, la jueza ordenó la extracción de material genético del imputado para su inscripción en el banco de datos.

El 17 de diciembre de 2023, el hombre ingresó a una vivienda del Paraje Capiazuty en Tartagal y tomando del cuello al propietario le exigía la entrega de dinero. Al no conseguir su propósito, tomó una mochila que estaba en el lugar y se dio a la fuga.

En una causa acumulada, el hecho juzgado se registró en la misma localidad. El acusado, que tenía una restricción perimetral, se presentó en la vivienda de su pareja y la golpeó reprochándole por los hijos de ambos.

 

El taller de escritura cerró su cuarto ciclo con un repertorio de cartas

 

La Escuela de la Magistratura, dirigida por el vicepresidente de la Corte y director académico, Fabián Vittar, culminó el cuarto ciclo del taller de escritura creativa denominado “Una voz que cuenta – Especial cartas” con un repertorio de cartas extraordinarias.

El ciclo que, se realizó en base a “Cartas extraordinarias” de María Negroni, y que estuvo a cargo de Luciana Lucero profundizó sobre el género epistolar, lo que inspiró a la publicación de un “Repertorio de cartas extraordinarias” de líneas apócrifas, quizás nunca enviadas pero sentidas y apasionadas. 

El taller permitió durante ocho encuentros experimentar e indagar en la teoría y la práctica de escrituras sobre cartas con valor literario, donde además de la lectura de cartas sobresalientes en la historia los participantes plasmaron sus epístolas.

 

Caso Pirona: Los tres condenados recuperaron su libertad luego de ser absueltos por la duda

 

Victoria Bernarda Britos, Leonardo Sebastián Agustín Nieva y Miguel Hugo Espinoza que habían sido condenados a prisión perpetua por el homicidio del médico Carlos Pirona en Orán fueron absueltos en un fallo de la Sala II del Tribunal de Impugnación que hizo lugar al recurso de casación de la defensa.

La Sala II del Tribunal de Impugnación de Salta, conformada por los jueces María Edith Rodríguez y Guillermo Adriano Polliotto absolvió a los condenados aplicando el beneficio constitucional de la duda.

La sentencia condenatoria había sido dictada el pasado 27 de marzo por la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán integrada por los jueces Mario Maldonado, Aldo Primucci y Héctor Fabián Fayos . En el fallo recurrido se condenó a los tres imputados a la pena de prisión perpetua como autores del delito por homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento.

Los jueces Rodríguez y Polliotto destacaron que la investigación inicial del Ministerio Público Fiscal, presentó varias falencias en la recolección y valoración de pruebas.

Entre los puntos cuestionados por los defensores, se advirtió que en los videos de seguridad revisados no se observó la presencia de los acusados en la vivienda de la víctima y que las huellas dactilares obtenidas en el lugar del hecho no fueron adecuadas para un cotejo efectivo con los imputados, ya que solo se peritó una de las muestras.

Además, el análisis de los guantes hallados en la escena resultó negativo en relación con los tres acusados, y la sangre recolectada en distintos sectores de la vivienda no coincidió con el ADN de la víctima ni fue comparada con el de los imputados, lo que plantea la posibilidad de que pertenezca al verdadero autor del crimen.

De las declaraciones de las testigos indirectas del hecho delictivo, estas aportaron datos, descripciones o referencias más imprecisas que determinantes, sin que hayan sido contrastadas con otros elementos de soporte, además de las contradicciones en el debate.

Con estos elementos en cuenta, el Tribunal consideró que la evidencia presentada no logró disipar las dudas sobre la culpabilidad de Britos, Nieva y Espinoza, por lo que fueron absueltos “por el beneficio de la duda”.

Este principio, también reconocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sostiene que, en caso de falta de pruebas concluyentes, debe favorecerse al acusado, ya que la carga de la prueba recae en la acusación.

Los magistrados señalaron además que la Fiscalía no agotó todas las líneas de investigación, pese a contar con indicios de posibles autores alternativos. Según el fallo, la Fiscalía debía actuar con objetividad y considerar aquellas pruebas que desestimaban la responsabilidad de los acusados, aspecto fundamental para una imputación justa y basada en pruebas sólidas.

El médico Carlos Pirona, fue encontrado muerto en su vivienda el 29 de junio del año pasado, tras un incendio que reveló heridas de arma blanca en su tórax como causa de su fallecimiento.

 

Fuente: ECOSDEMISCERROS