Fecha: 2024-10-25 15:51:00
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Tartagal: El cura Páez fue condenado a la pena de cuatro años de prisión efectiva
Cinco años de prisión efectiva por venta de estupefacientes
Condenado por someter a tocamientos a su empleada
Caso Rangeón: Revocan la absolución y el Tribunal de Juicio deberá dictar un nuevo pronunciamiento
Reincidente se llevó una valija del baúl de un auto: cumplirá pena de prisión efectiva
Prisión efectiva para un reincidente por delitos de violencia de género
Concurso para cubrir un cargo de juez en lo Civil y Comercial en Tartagal
Desarrollo:
Tartagal: El cura Páez fue condenado a la pena de cuatro años de prisión efectiva
La Sala I del Tribunal de Juicio de Tartagal presidido por el juez Ricardo Hugo Martoccia e integrado por los jueces Soledad Rodríguez y Reinaldo Burgos condenó al sacerdote Fernando Paéz a la pena de cuatro años de prisión de ejecución efectiva por resultar autor del delito de abuso sexual sin acceso carnal doblemente agravado por haber sido cometido por un ministro de culto reconocido y encargado de la educación en grado de autor en forma reiterada tres hechos.
Al finalizar la audiencia, el sacerdote fue detenido.
El hombre que desempeñaba su función religiosa en la Parroquia de la Santa Cruz de Villa Saavedra y al que la victima Kevin Montes denunció haber recibido abusos desde el año 2019 cuando relató abusos que habría sufrido entre los años 2015 y 2019.
La defensa había solicitado la absolución y subsidiariamente la aplicación del beneficio de la duda.
Cinco años de prisión efectiva por venta de estupefacientes
Un hombre de 41 años fue condenado en juicio abreviado a cinco años de prisión efectiva por dos hechos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
El sujeto fue detenido en el marco de operativos realizados por la policía, en los cuales se secuestraron diferentes cantidades de sustancias ilegales y teléfonos celulares.
La condena se dictó en un juicio abreviado realizado en el marco del Plan Piloto de Oralidad. El acusado, asistido por su defensa, reconoció su culpabilidad en los hechos y aceptó el monto de la pena acordado por las partes.
La jueza María Victoria Montoya Quiroga, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, ordenó el traslado del sujeto a la cárcel local y dispuso el decomiso y destrucción de todos los elementos secuestrados en los operativos.
Además, rechazó el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa del condenado, sin perjuicio de que esta modalidad de cumplimiento de la pena pueda ser reevaluada por el Juzgado de Ejecución correspondiente luego de que el imputado sea intervenido quirúrgicamente por una afección en su maxilar.
La sentencia quedó firme dado que las partes renunciaron a los plazos legales para recurrir.
Condenado por someter a tocamientos a su empleada
El 28 de mayo de 2022, aproximadamente a las 4.30 horas, una mujer se encontraba trabajando en un comercio “24 horas”. Mientras dormía en un sillón en el interior del negocio, el dueño (34) del local le realizó tocamientos en sus partes íntimas.
La damnificada relató que despertó sobresaltada, se percató de la situación y el acusado solo atinó a ordenarle que se fuera.
La denunciante abandonó el lugar y, posteriormente, radicó una denuncia contra el propietario del comercio.
El juez Ángel Amadeo Longarte, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, condenó al imputado a la pena de un año de prisión de ejecución condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple.
Asimismo, el juez le impuso al condenado reglas de conducta por el término de dos años: fijar residencia y someterse al cuidado de un Patronato; prohibición de acercamiento a la víctima y su familia por cualquier medio a 300 metros; abstenerse del uso de estupefacientes y del abuso de bebidas alcohólicas.
El tribunal podrá modificar estas reglas o revocar la condicionalidad de la condena en caso de incumplimiento por parte del acusado.
Finalmente, el juez ordenó la extracción de material genético del condenado y su inscripción en el Banco de Datos Genéticos.
Caso Rangeón: Revocan la absolución y el Tribunal de Juicio deberá dictar un nuevo pronunciamiento
La Sala III del Tribunal de Impugnación revocó la absolución de Pablo Rangeón por el delito de abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de S.Y.G.; abuso sexual con acceso carnal y estafa en perjuicio de J.P.P.; abuso sexual simple en perjuicio de M.L.B.; abuso sexual simple continuado en perjuicio de M.P.G.E. y abuso sexual simple con acceso carnal en perjuicio de C.d.V.A..
A raíz de lo resuelto se dispuso que la causa baje a la Sala del Tribunal de Juicio de origen para el dictado de un nuevo pronunciamiento. En esta oportunidad deberá resolverse el planteo de resarcimiento económico de las víctimas S.Y.G., J.P.P., M.L.B., M.P.G.E. y C.d.V.A..
También se hizo lugar a la casación interpuesta por la actoría civil estableciendo que la suma resarcitoria reclamada por C.F.R. en 2.500.000 pesos que deberá ser pagada por el condenado mientras que se fijó que los intereses correrán desde la fecha del hecho a la tasa del 8 por ciento anual.
Rangeón había sido condenado a la pena de siete años de prisión de ejecución efectiva como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C.F.R. y absuelto por el principio constitucional de la duda de los delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de S.Y.G.; abuso sexual simple y estafa en perjuicio de J.P.P., abuso sexual simple en perjuicio de M.L.B., abuso sexual simple continuado en perjuicio de M.P.G. y abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C.d.V.A..
Los jueces de la Sala III del Tribunal de Impugnación rechazaron el recurso de la defensa de Rangeón.
Al resolver los jueces Eduardo Barrionuevo y Pablo Mariño consideraron “inadmisible que frente a derechos individuales homogéneos, donde el legislador ve una litis consorcio necesaria, los operadores jurídicos lean conspiraciones al estilo de las brujas de Salem. Las víctimas que se apoyan no merecen tal destrato”, puntualizaron los jueces al resolver el planteo casatorio.
“No se alcanza a entender por qué razón se mira con ojos suspicaces a un grupo de mujeres que, enteradas de que otras habían sufrido experiencias similares con el mismo sujeto, deciden apoyarse unas a otras en su reclamo de justicia y recurrir a un mismo profesional que las represente. Si la misma estrategia fuera usada por un grupo de vecinos víctimas, por ejemplo, de varios delitos de robo en el barrio, difícilmente despertarían sospecha de ultraintenciones”, agregaron
Consideraron además errada la valoración de la prueba lo que sirvió para que el Tribunal de Juicio “profundizara las exigencias probatorias más allá de la sana crítica racional o desechara cualquier prueba a favor de la credibilidad de las denunciantes con el argumento de la incertidumbre que les genera la posibilidad de que las testigos hayan podido intercambiar datos o no con S.Y.G..
Reincidente se llevó una valija del baúl de un auto: cumplirá pena de prisión efectiva
La denunciante había dejado su Chevrolet Tracker estacionada en la calle, frente a su casa. Alrededor de las 3.45 de la madrugada escucho ruidos. Se levantó a ver y descubrió que todas las puertas del vehículo estaban abiertas, incluso la del baúl. Corroboró que le habían sacado una valija negra que contenía prendas de vestir y calzado, una mochila y una bolsa con un juego de ollas.
Llamó a la policía. En un recorrido por las inmediaciones, los efectivos encontraron los elementos sustraídos y también al autor del ilícito, escondido a media cuadra del lugar del hecho.
El sujeto fue condenado en un procedimiento abreviado llevado a cabo en la Sala III del Tribunal de Juicio, presidido por la jueza María Gabriela González. Le dictaron una pena de un mes de prisión efectiva por considerarlo autor del delito de hurto simple.
La jueza lo declaró reincidente por tercera vez y unificó la pena con otra condena anterior que tenía el acusado en el monto de dos meses de prisión efectiva.
Prisión efectiva para un reincidente por delitos de violencia de género
Por los delitos de desobediencia judicial (cuatro hechos), violación de domicilio (cuatro hechos) y daños, todo en concurso real, un joven de 23 años fue condenado a la pena de siete meses de prisión efectiva.
El acusado tenía antecedentes penales y fue declarado reincidente por primera vez.
El juez ordenó el traslado del condenado a la Unidad Carcelaria 1. Asimismo, dispuso que el condenado sea incluido en el programa para el tratamiento de adicciones mientras se encuentre privado de su libertad.
Se informó a la denunciante sobre sus derechos a conocer los planteos de beneficios carcelarios que eventualmente lleve adelante el condenado durante la ejecución de la pena.
El fallo se dictó en el marco de un juicio abreviado donde las partes renunciaron a los plazos para recurrir. El procedimiento se llevó a cabo en una audiencia flexible y multipropósito del Plan Piloto de Oralidad.
Concurso para cubrir un cargo de juez en lo Civil y Comercial en Tartagal
El Consejo de la Magistratura inscribirá entre el 28 de octubre y el 8 de noviembre a los postulantes a concursar para cubrir el cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Primera Nominación del Distrito Judicial Tartagal.
Los postulantes podrán inscribirse mediante el Portal Digital del Consejo debiendo solicitar turno para presentarse en la sede del Consejo de la Magistratura o en las secretarías administrativas de los distritos judiciales del interior en el horario de 8 a 13 para acompañar la documentación original correspondiente.
Informes e inscripciones a los teléfonos 4258000 internos 1180 a 1186. Por mail a concursos@cmagistraturasalta.gov.ar. Página web: www.cmagistraturasalta.gov.ar.
Fuente: ECOSDEMISCERROS